BASES DE CONVOCATORIA
PROGRAMA:
CAPACITACION, APOYO AL EMPRENDIMIENTO FEMENINO DE LA PROVINCIA DE IQUIQUE, REGIÓN DE TARAPACÁ, CÓDIGO BIP N° 40043921-0.
Junio de 2023
CAPACITACION, APOYO AL EMPRENDIMIENTO FEMENINO DE LA PROVINCIA DE IQUIQUE, REGIÓN DE TARAPACÁ, CÓDIGO BIP N° 40043921-0.
Junio de 2023
A partir de marzo de 2020 se comenzaron a sentir los primeros efectos de la pandemia COVID-19 a nivel Nacional y Regional. Esto ha ocasionado, en términos generales, una disminución en las ventas de las empresas, mermando su capacidad financiera para seguir funcionando e invirtiendo en nuevos ciclos productivos.
Las caídas fueron más pronunciadas en las micro y pequeñas empresas que en las medianas y grandes. De hecho, en este último segmento, menos de un 40% de las empresas registraron una disminución en sus ventas, y en el caso de los dos deciles más afectados, la merma también fue comparativamente menor. En resumen, si bien la pandemia afectó negativamente el desempeño de las empresas en todos los estratos, el impacto no fue absorbido de forma homogénea. El grupo de las microempresas fue el más golpeado, tanto en el porcentaje de empresas que experimentaron pérdidas, como en la intensidad de éstas.
Dados los antecedentes anteriores, es imprescindible la presentación de esta iniciativa, la cual estará focalizada en las 2 comunas de la provincia de Iquique de la región de Tarapacá: Iquique y Alto Hospicio, y la cual está orientada a beneficiar a personas de sexo femenino con inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos en segunda categoría (profesiones u oficios), emprendedoras sin inicio de actividades y empresas registradas en el Servicios de Impuestos internos lideradas por mujeres, pertenecientes a la provincia de Iquique, con ventas anuales entre 0.01 a 2.400 UF. Esta iniciativa financiará planes de inversión, que contribuyen al crecimiento, reactivación y/o expansión de su negocio.
Hoy ante la contingencia nacional el rol del Gobierno Regional de Tarapacá, a través de la División de Fomento e Industrias y la Universidad Santo Tomas de la Región de Tarapacá se han vuelto aún más importante, por lo cual dispone del siguiente programa:
• Capacitación, Apoyo al emprendimiento femenino de la Provincia de Iquique, código Bip 40043921-0, a ejecutar por la Universidad Santo Tomas Sede Iquique.
Esta iniciativa capacitará y entregara subsidios de apoyo con los que financiará planes de inversión que les permita adquirir activos fijos (tangibles e intangibles) y/o capital de trabajo (materias primas y materiales, mercadería y arriendos) a Personas de sexo femenino con inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos en segunda categoría (profesionales u oficios, Emprendedoras, Empresas lideradas por mujeres de la provincia de Iquique (Iquique y Alto Hospicio).
El monto máximo de subsidio para las personas de sexo femenino con inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos en segunda categoría (profesiones u oficios) será de hasta $1.000.000 (un millón de pesos), para emprendedoras sin inicio de actividades será de hasta $2.500.000 (Dos millones quinientos mil pesos), siendo requisito su formalización ante el Servicio de Impuestos Internos para acceder al subsidio y empresas lideradas por mujeres y registradas en el Servicios de Impuestos internos, pertenecientes a la Provincia de Iquique (Iquique y Alto Hospicio), con ventas anuales entre 0.01 a 2.400 UF será de hasta $3.500.000 (Tres millones quinientos mil pesos).
El monto final del subsidio dependerá del plan de Inversión definido en conjunto entre el beneficiario/a y un Asesor técnico de la Institución a cargo de ejecutar el programa, de la Universidad Santo Tomas.
2.1. Requisitos generales del Programa
Este Programa está dirigido a las personas que cumplan con los siguientes requisitos, cuyos medios de verificación se detallan en el Anexo N°2:
2.1.1 Requisitos de admisibilidad:
a.- Admisibilidad:
Generales:
Personas de sexo femenino con inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos en segunda categoría (profesionales u oficios):
Emprendedoras de la provincia de Iquique:
Empresas lideradas por mujeres de la provincia de Iquique:
Para el cálculo del nivel de las ventas netas se utilizará el valor de la UF correspondiente a la fecha de inicio de la presente convocatoria y se utilizará el siguiente período:
Mes de Inicio de Convocatoria | Período de cálculo de ventas |
Junio 2023 | Enero 2022 – diciembre 2022 |
Cabe mencionar que aquellas empresas con ventas netas iguales a 0 (cero), superiores a 2.400 UF, y aquellas que hayan iniciado actividades con fecha posterior al 31/12/2022, serán declaradas inadmisibles.
2.1.2. Requisitos de postulación:
Las beneficiarias y empresas deben cumplir con los siguientes requisitos:
2.2. inhabilidad para participar del Programa
2.3. ¿En qué consiste el subsidio?
Personas Independientes de Sexo femenino, con inicio de actividades ante el servicio de Impuestos Internos en segunda categoría a diciembre 2022, el subsidio busca entregar un monto total de Subsidio hasta $ 1.000.000.
Emprendedoras de la provincia de Iquique, sin inicio de actividades en primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos, este subsidio busca apoyar la puesta en marcha de negocios liderados por mujeres de la provincia de Iquique (Iquique y Alto hospicio) con oportunidad de participar en el mercado, Total subsidio de hasta $2.500.000.
Siendo requisito para acceder al subsidio, su formalización ante el servicio de Impuestos Internos, Tramite que deberá efectuar durante los 05 días hábiles siguientes a su selección, de lo contrario será eliminada como postulante.
Subsidio Plan de inversión empresas lideradas por mujeres con ventas anuales mayor a 0,01 a 2.400 UF. Total, subsidio hasta $ 3.500.000.
Para el cálculo del nivel de las ventas netas se utilizará el valor de la UF correspondiente a la fecha de inicio de la presente convocatoria y se utilizará el siguiente período:
[1] Este requisito se verificará al momento de la formalización a través de declaración jurada (Anexo N° 5).
Mes de Inicio de Convocatoria | Período de cálculo de ventas |
Junio 2023 | Enero 2022 – diciembre 2022 |
Los recursos estarán disponibles para los beneficiarios, a través de compra asistida por la Institución a cargo de la ejecución del Programa o a través de reembolso.
Cabe destacar, que, para la obtención del subsidio, las beneficiarias deberán participar de una capacitación obligatoria.
2.4. ¿Qué es posible financiar con el subsidio que entrega el programa?
Materias primas y materiales: Comprende el gasto en aquellos bienes directos de la naturaleza o semielaborados que resultan indispensables para el proceso productivo y que son transformados o agregados a otros, para la obtención de un producto final; por ejemplo, harina para la elaboración de pan, o madera para la elaboración de muebles, barniz en la elaboración de muebles, entre otros.
Mercadería: Comprende el gasto en aquellos bienes elaborados que serán objeto de venta directa o comercialización; por ejemplo, se compran y se venden pantalones, acreditados a través de la patente municipal para la venta, se exceptúan artículos de aseo, mascarillas.
Arriendos: Comprende el gasto en arriendos de bienes raíces (industriales, comerciales o agrícolas), y/o maquinarias necesarias para el desarrollo del negocio. Sólo se financiarán arriendos por un plazo máximo de 3 meses, contados desde la firma de contrato entre Beneficiaria y empresa ejecutora, el cual deberá pagarse de forma reembolsable, demostrable mediante contrato de arriendo notarial. Para validar el pago por dicho concepto, el contrato de arriendo deberá estar suscrito ante Notario Público anterior al 31/12/2022. Solo se entregará el subsidio en razón al funcionamiento de la empresa y/o actividad. Se excluye el arrendamiento de bienes propios, de alguno de los socios/as, representantes legales o de sus respectivos cónyuges, convivientes civiles, familiares por consanguineidad y afinidad hasta segundo grado inclusive (hijos, padre, madre y hermanos, entre otros).
Remuneraciones o pago de honorarios: Comprende el gasto en remuneraciones de trabajadores u honorarios contratados por la empresa con anterioridad al lanzamiento de la convocatoria. Incluye bonos por alimentación y transporte solo para las remuneraciones, si los hubiere. El contrato de trabajo o de honorarios debe haber sido firmado, al menos, en diciembre 2022.
Se excluyen: al beneficiario, socios, representantes legales y sus respectivos cónyuges, conviviente civil, familiares por consanguineidad y afinidad hasta segundo grado inclusive (por ejemplo: hijos, padre, madre y hermanos).
Se permite financiar este ítem por hasta 2 meses contados desde la firma de contrato entre Beneficiaria y empresa ejecutora.
En todos los ítems se podrán financiar los costos por fletes derivados de la compra y traslado de activos fijos y capital de trabajo. En todos ellos se excluye el pago de servicio de flete a alguno de los socios/as, representantes legales o de sus respectivos cónyuges, conviviente civil, familiares por consanguineidad y afinidad hasta segundo grado inclusive (hijos, padre, madre y hermanos entre otros), y autocontrataciones.
2.5. No se puede financiar con recursos del Programa:
[1] Este requisito se verificará al momento de la formalización a través de declaración jurada (Anexo Declaración de Probidad).
[2] El lucro cesante es un daño patrimonial que consiste en la ganancia que se ha dejado de obtener como consecuencia de los hechos señalados en el punto 1. de las Bases.
[3] Se entenderá como auto contratación, el acto jurídico en que una persona celebra consigo misma, actuando, a la vez, como parte directa y como representante de otra o como representante de ambos.
3.1. Plazos de postulación 4
Los/as interesados/as podrán iniciar y enviar su postulación a contar de las 12:00 horas del día 06 de junio de 2023 hasta las 15:00 horas del día 28 de junio de 2023.
Los plazos anteriormente señalados podrán ser modificados por el Gobierno Regional de Tarapacá y serán oportunamente informados a través de la página web www.goretarapaca.gov.cl.
IMPORTANTE:
Las postulaciones deben ser individuales y, por lo tanto, la Institución Ejecutora del programa aceptará como máximo una postulación.
Una misma persona o empresa no podrá resultar beneficiada más de una vez en el presente instrumento.
3.2. Pasos para postular
Para hacer efectiva la postulación, se deberán realizar las siguientes acciones:
La beneficiaria deberá presentar su postulación mediante un formulario de postulación. Se aceptarán postulaciones presenciales en las oficinas del Centro de Desarrollo de Negocios Ubicadas en: Playa El Águila 2209, desde el día de inicio de la convocatoria hasta las 15:00 hrs del día de término de la convocatoria.
Se aceptarán postulaciones digitales, las que deberán realizarse en el sitio web www.postulamujer.cl desde el día de inicio de la convocatoria hasta las 15:00 hrs del día de término de la convocatoria. Las postulantes interesadas deberán completar el formulario de postulación, disponible en www.goretarapaca.gov.cl
Postulante Personas de sexo femenino con inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos en segunda categoría.-
– Copia Cedula de Identidad por ambos lados.-
– certificado de residencia extendido por la junta de vecinos u otra institución autorizada (Administración de condominio o Notario entre otros).
– Carpeta tributaria para solicitar créditos de 24 meses, disponible en www.sii.cl.
Postulantes sin Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Emprendedoras de la provincia de Iquique (Iquique y Alto Hospicio).
Deberán adjuntar los siguientes documentos:
– Copia Cedula de Identidad por ambos lados vigente, si es extranjero solo con Cedula de Identidad permanente y vigente.-
– Certificado de residencia extendido por la junta de vecinos u otra institución autorizada (Administración de condominio o Notario, entre otros de igual validez).
– Facturas de Proveedores de la región dentro de un plazo de 6 meses.-
Postulando Empresas lideradas por mujeres de la provincia de Iquique (Iquique y Alto Hospicio).
Deberán adjuntar los siguientes documentos:
Además, para todos los segmentos a postular se deberán adjuntar los siguientes anexos:
3.3. Apoyo en el proceso de postulación
Para aquellas personas interesadas en resolver consultas o recibir asesoría y/o apoyo en su postulación, se dispondrán de asesores a cargo de acompañarlos en todo el proceso de formulación de los planes de inversión a financiar y en su postulación.
4 Los plazos consideran hora continental del territorio nacional.
Se realizará el proceso de admisibilidad con aquellas postulaciones que hayan sido recepcionadas de manera presencial o digital dentro de los plazos indicados en el punto 3.2 letra a. Aquellas postulaciones admisibles pasarán a la etapa de evaluación, considerando los criterios de evaluación definidos en las presentes bases.
4.1. Evaluación de admisibilidad
Se realizará la revisión del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en el punto 2.1.1 Requisitos de admisibilidad, la cual será realizada por la Universidad Santo Tomas, institución a cargo de la ejecución del programa.
Tras la realización del proceso de revisión de admisibilidad, existirá un período de 3 (tres) días hábiles administrativos, en el cual los postulantes que califiquen como inadmisibles por falta de algún documento “no crítico” podrán enviar el documento faltante y/o la aclaración respectiva, los cuales serán revisados y, en los casos que corresponda, se procederá a cambiar su estado a admisible. Aquellos documentos que no se entreguen dentro del plazo indicado, serán declaradas definitivamente como inadmisibles, sin derecho a apelación.
Los documentos catalogados como no críticos son los siguientes:
4.2. Cálculo de puntaje según segmento a postular:
Personas de sexo femenino con inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos en segunda categoría (profesionales u oficios).